miércoles, 26 de agosto de 2026

¿Tiene Sánchez algún propósito oculto al dejar que escale la crisis con Marruecos?

Sigo perplejo e indignado con el escandaloso comportamiento de Sánchez yéndose de vacaciones cuando la situación de Ceuta es insostenible y Marruecos sigue aumentando la tensión, profundizando en el desafío. Un político que desempeña un cargo es un servidor público y, por tanto, sus vacaciones y otros derechos laborales decaen ante las urgencias que plantea la propia realidad. Estoy convencido de que Sánchez no desconoce el coste que su comportamiento indigno y felón puede tener en su imagen pública ya suficientemente hundida. De ahí que haya que preguntarse, como siempre sucede con este personaje, qué intenciones alberga dejando que la situación en Ceuta se siga degradando y permitiendo que Marruecos se envalentone con declaraciones cada vez más retadoras. ¿Se ve acaso fuera de la Moncloa y acosado por los escándalos de corrupción se regala un carpe diem vacacional con su amada esposa? No creo que sea el caso, así que hay que barajar otras hipótesis.

Se habla mucho del apoyo que los Estados Unidos e Israel están proporcionando a Marruecos, lo que convertiría a este país en un enemigo temible. Sin duda Marruecos puede generarnos muchos problemas, sobre todo favoreciendo la llegada de africanos que desean entrar en Europa, o directamente organizando la invasión de nuestras ciudades y enclaves norteafricanos. Tenemos en el recuerdo la Marcha Verde sobre el Sáhara -que debería servirnos como enseñanza respecto a las consecuencias que tiene no hacerse respetar en las relaciones internacionales (recuerden la reacción de Thatcher ante la invasión argentina de las Malvinas)- y nos inspira temor que algo parecido se organice sobre las españolísimas, en palabras de Robles, Ceuta y Melilla. Percibo que hay mucho miedo a lo que pueda suceder con Marruecos, pero este sentimiento no debe impedir un análisis objetivo de la realidad.

Por mucho que Estados Unidos apoye a Marruecos, a los yanquis no les conviene perdernos como aliados, puesto que en nuestro territorio cuentan con bases militares y somos un Estado perteneciente a la OTAN con unas fuerzas armadas más potentes de lo que la gente se piensa, casi al mismo nivel que Alemania, por encima de Polonia. Nuestro gasto militar anual supera en quince mil millones anuales al de Marruecos, aunque ellos realicen un esfuerzo mayor en porcentaje del pib dedicado a defensa. Pero si dejamos a un lado la pura fuerza militar y pasamos a examinar la economía, podrán comprobar que el PIB de España ocupa el puesto 14 con 2090 miles de millones de dólares y Marruecos el 60 con 194,33 miles de millones de dólares (justo por detrás de Cuba, fuente https://www.worldometers.info/es/pib/pib-por-pais/). Es decir, la economía de España es casi once veces mayor a la de Marruecos y, además, forma parte de la Unión Europea.

En definitiva, estos datos reflejan que nosotros también le podemos causar algún "problemilla" a Marruecos, máxime cuando buena parte de su población no está muy feliz con el régimen tiránico que allí gobierna. Es evidente que Sánchez sabe esto perfectamente, así que me pregunto si quizá no está dejando que todo se degrade, que se visibilice una amenaza exterior, para llegado un determinado momento dar un puñetazo encima de la mesa y mostrar una fortaleza que aspire a sintonizar con una corriente de opinión que pida mano firme contra Marruecos. Sé que esta idea parece descabellada, puesto que se dice que Marruecos tiene información sensible sobre Sánchez, que es lo que explica el cambio de posición con relación al Sáhara y la reacción felpuda y genuflexa con Marruecos ante la invasión de Ceuta. Pero Sánchez no tiene ningún escrúpulo, sólo piensa en él, y no conoce el miedo, porque le importa más construir el relato que de él se escriba en los libros de historia que su propio sufrimiento presente. Por tanto, no descartemos un alarde de firmeza frente al moro. Y ya puestos, aunque sea tangencialmente y moleste lo que voy a decir, a todos aquellos que les gustan tanto las fiestas de moros y cristianos les diría que se busquen otra afición. Para mí las relaciones con los moros siguen siendo un problema muy real, así que yo me olvidaría del cimbreo comparsil, del alfanje al viento, del turbante y del habano.

jueves, 13 de agosto de 2026

Reflexiones sobre si el deseo domina a la razón

Topar con un autor que te nutre intelectualmente es una verdadera delicia. En cada línea sientes que sintonizas con él, que estás aprendiendo, y te sientes muy afortunado y agradecido. Me sucede con Alfredo Cruz Prados desde que leí “Ethos y Polis”, un libro excepcional dedicado a la filosofía política. Aunque pueda hallar alguna discrepancia, también he disfrutado y aprendido con “Sobre la realidad del Derecho”, otro libro monumental dedicado a la filosofía jurídica. Y recientemente acabo de leer “El sentido de la moral”, un excelente librito en el que sintetiza con suma claridad las principales ideas de “Deseo y verificación”, su gran obra sobre la ética o filosofía moral. Sin exagerar, es un libro extraordinario. En él, desde el profundo conocimiento que tiene de la obra de Aristóteles y Tomás de Aquino, presenta el pensamiento clásico sobre la moral de una forma muy clara, como sólo pueden hacerlo aquellos que han dedicado muchísimo tiempo a comprenderlo y a hacerlo suyo.

En “El sentido de la moral”, en línea con los dos grandes maestros, refuta la ética kantiana basada en la contraposición entre obrar por razón (en Kant, obrar por puro deber) y obrar por apetito. Cruz Prados afirma que siempre obramos por apetito, incluso cuando creemos que actuamos movidos por el sentido del deber: “El deber siempre tiene una razón, una justificación, y esta razón no es otra cosa que un bien -un bien del propio sujeto del deber-, que es objeto de un apetito, algo que el sujeto obligado desea. Siempre que debemos hacer algo es para conseguir algo que queremos. El deber no es otra cosa que el vínculo existente entre un sujeto que desea lograr un bien, y la acción que se presenta como medio necesario para alcanzarlo”.

En esa relación entre el fin que apetece nuestra voluntad en razón del bien que representa y la elección de los medios para alcanzarlo se desarrolla el momento de la deliberación en el que la razón se pone al servicio de la voluntad. Al examinar la deliberación, Cruz Prados muestra convincentemente que la razón se subordina a la voluntad, hasta el punto de que nos engañamos buscando buenas razones para justificar aquello que deseamos: “Lo que la razón busca conocer es una acción que sea conforme con lo que la voluntad apetece (…). Esto es así porque, si la finalidad de la razón práctica es dar lugar a la acción, lo que esta razón ha de proporcionar a la voluntad en la deliberación, no es sólo un conocimiento objetivamente verdadero -un conocimiento que corresponde a cómo son las cosas en la realidad misma, sino un conocimiento que sea también motivador, que sintonice con la voluntad -con su tendencia o inclinación- y la haga moverse en la dirección marcada por dicho conocimiento, ya que la voluntad es lo único que propiamente mueve a la acción”.

Cuando deseamos algo la razón suele ingeniárselas para encontrar el camino no sólo para identificar y poner en práctica los medios adecuados, sino para justificar la propia acción, principalmente ante uno mismo. A alguien que no conozca la motivación que inspira dicho comportamiento, puede parecerle que determinadas acciones son estúpidas, torpes, impropias de alguien inteligente. Por eso, la única forma de comprenderlas es indagando su auténtica fuerza motriz: el apetito o deseo (en estos casos, equivocado). El deseo, más que nublar la razón, la doblega y es muy importante que encontremos situaciones en las que esto se manifiesta claramente en nuestra vida para aprender de ello. Les pondré un ejemplo que puede ayudarnos a comprobar lo que Cruz Prados señala. Imaginen que han decidido por razones de salud realizar un ejercicio prescrito por un fisioterapeuta en el que durante un tiempo deben mantener su cuerpo en una determinada postura. El ejercicio debe realizarse con los ojos cerrados durante unos 45 minutos. Ponen la alarma del reloj para que les avise de cuándo se ha cumplido el tiempo. Pues bien, imaginen -será lo más probable- que a los veinte minutos empiezan a sentir dolor en una pierna y el dolor aumenta hasta resultarles muy difícil o casi imposible mantener la postura. Obviamente, algunos se rendirán, pero imaginemos a los que deciden perseverar. Es posible que "discurran" lo siguiente: se instalará en la persona un deseo creciente de que el dolor cese, pero como se está determinado a aguantar hasta el final se permanece sentado. Sin embargo, el deseo de que cese el dolor compele a la voluntad y esta pone la razón a su servicio de una forma sutil. La mente racional empezará a preguntarse si quizá la programación de la alarma del móvil se ha hecho correctamente, o si el móvil tenía suficiente batería. Es decir, la razón busca formas de ajustarse o “sintonizar”, como dice Cruz Prados, con la voluntad, de tal forma que el deseo de ser fiel a la determinación de seguir quieto no se frustré por “debilidad”, sino por la justificación racional de un error en la programación de la alarma, porque la sensación subjetiva de que el tiempo transcurrido supera holgadamente lo previsto para el ejercicio hace que la única explicación "razonable" sea que la alarma no se ha programado bien. Si esta argumentación no funciona, nuestra razón se las ingeniará para buscar otras explicaciones con el fin de sintonizar con la voluntad, probablemente que el fisioterapeuta se ha equivocado de ejercicio. Es sólo un ejemplo para confirmar empíricamente por qué creo que Cruz Prados tiene razón.

La conclusión que cabe extraer no es otra que destacar la importancia de acertar a la hora de identificar lo que deseamos, nuestros apetitos. Y la pregunta es: ¿acaso en esa tarea la razón no tiene el protagonismo? Según mi interpretación de Cruz Prados, el punto de partida no es la razón, que sin duda también desempeña un papel crucial para afinar nuestros deseos, sino la virtud, que constituye un modo de ser que se va adquiriendo en el dinamismo propio de la vida. Evidentemente, la perfección de la virtud requiere el concurso de la razón, pero comenzamos a ser virtuosos movidos a ello por una educación que desde niños incluye un momento de "corrección" que lejos de privarnos de libertad trata de permitir que podamos alcanzarla. En esa conquista de la voluntad, de la auténtica libertad, los buenos hábitos, la guía de los maestros son la base de la educación de la voluntad sobre la cual opera la razón.

sábado, 1 de agosto de 2026

¡Y Sánchez se va de vacaciones!

El título indignado de la entrada lo dice todo. Ante una amenaza gravísima para ciudadanos españoles, no causada por el fuego, sino por un Estado enemigo que amenaza la integridad territorial de España, el jefe del ejecutivo se va de vacaciones a Lanzarote. Por cierto, a una propiedad que Hussein de Jordania, si mal no recuerdo, regaló a Juan Carlos I y que pasó a formar parte de patrimonio nacional, no como sucedió con las joyas de Zapatero, "olvidadas" en una caja fuerte. Que España sobreviva a los gobiernos del PSOE de Zapatero y Sánchez da la medida de su fortaleza. Leo que el Rey ha hecho unas declaraciones en las que muestra su indignación con lo que está sucediendo en Ceuta. Felipe VI es el líder de la nación y con su digno comportamiento lo confirma.

Marruecos se lanza a por Ceuta: España debe defender de su soberanía

La invasión de Ceuta por parte de Marruecos es un acto hostil gravísimo y no ha encontrado respuesta por parte de España hasta el momento. La situación es clara. Se trata de una invasión que amenaza no sólo la integridad territorial de España, sino la propia seguridad de los ciudadanos españoles de Ceuta, que no pueden salir a la calle. Hay que adoptar de inmediato las medidas necesarias para defender la soberanía española. Estas son las consecuencias de tener como presidente a un felón aferrado a un sillón. Puede que haya más altercados y, si el gobierno no reacciona -vergonzoso que Sánchez culpe a las mafias-, creo que el Rey va a tener que tomar cartas en el asunto. Nada de lo que está sucediendo es una sorpresa. Era seguro que esta invasión se iba a producir y lo peor es que tan solo es el aperitivo de lo que se prepara. Marruecos demuestra claramente que es nuestro enemigo, por si alguien no se había enterado todavía.

miércoles, 22 de julio de 2026

"¡Penitenziagite!"

Los medios de comunicación informan de que “Julito”, quien pasa por haber sido el testaferro de Zapatero, ha hecho honor a su apodo y le ha dado por dedicarse a la canción ligera. El juez instructor, Calama, quiere que en un nuevo interrogatorio dé el do de pecho y cante como un gran tenor. Tras estas revelaciones, todo apunta a que Zapatero y sus hijas pueden acabar en la cárcel, quizá antes y por más tiempo de lo que imaginamos. Estoy muy lejos de encontrar nada digno de admiración en su trayectoria, pues ha marcado una línea de actuación política contraria al bien común que Sánchez ha seguido y acentuado. Sin embargo, no me alegro del mal ajeno, porque imagino su intenso sufrimiento. Parece que sigue anclado en la estrategia de negarlo todo, como tantos otros. Ese es su principal error, y ahí sigue atrapado. En lugar de adoptar un tono grandilocuente y proclamar su inocencia en contra de toda evidencia, ojalá viviera un acontecimiento capaz de iluminar su conciencia, como un relámpago en medio de la tormenta, y hacerle comprender que lo único que puede salvarle como persona es reconocer el daño causado, contar cuanto sabe, pedir perdón y cambiar de vida. En lugar de enviar al cobrador del Frac reclamando lo robado, quizá habría que mandar a personas vestidas con el hábito franciscano, como los frailes de El nombre de la rosa, recorriendo las sedes de los partidos políticos mientras repiten aquella palabra que pronunciaba Salvatore en la magnífica novela: «Penitenziagite».

lunes, 20 de julio de 2026

Triunfo de España con honor ante el "antifútbol" argentino

El comportamiento de algunos jugadores de Argentina en la final del mundial fue bochornoso, una auténtica vergüenza que desgraciadamente no sorprende. Agresiones, marrullerías y mal perder, sobre todo visible en jugadores como Paredes o Nahuel Molina, que reaccionaron con violencia a la derrota, lo propio de los cobardes. El primero salió al campo pensando que jugar al fútbol es algo parecido al rugby, y que el valor se mide por la capacidad para intimidar al contrario. El segundo pegó un manotazo nada menos que al Cid Campeador, Rodri Hernández, cuando el más grande corría a celebrar el triunfo con sus compañeros.

Argentina debería tomar buena nota de ese pésimo comportamiento y apartar a esos chulos del equipo. A la satisfacción por el triunfo de España hay que sumar el orgullo de haberlo conseguido con honor, respetando al rival, buscando sanamente el triunfo. Estas muestras de antideportividad macarril, que se están convirtiendo en un signo de identidad de la albiceleste, deberían avergonzar a nuestros hermanos argentinos.

viernes, 17 de julio de 2026

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también se lava las manos con la amnistía

La sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada ayer ha establecido que la ley por la que se amnistía a los responsables de los hechos relacionados con el proceso independentista catalán no se opone al Derecho europeo. Es importante que tengamos muy claro qué dice la sentencia, porque en modo alguno está avalando que la amnistía como tal esté justificada. La Gran Sala estima que si el Tribunal Constitucional español considera que la medida persigue el interés general, una ley de este tipo no es contraria al Derecho de la Unión. Ni nuestro Tribunal Constitucional ni el Tribunal de Justicia de la Unión Europea han entrado a valorar el fondo del asunto, lo cual puede sorprender a los ciudadanos, pero esta es la realidad sobre la que vengo advirtiendo hace tiempo (léanse “La amnistía y el principio de proporcionalidad”).

El debate jurídico sobre la constitucionalidad de la amnistía en España no conduce a la inequívoca conclusión de que esta medida está proscrita por la Constitución. No es concluyente la prohibición de los indultos generales, puesto que la naturaleza jurídica de la amnistía es distinta. Tampoco lo son los debates constitucionales sobre esta materia. La amnistía sólo resultaría inconstitucional si se interpretara que entraña una inaceptable  violación del principio de igualdad ante la ley de todos los españoles (art. 14 CE). Ahora bien, desde el momento en que la generalización del principio de proporcionalidad admite la posibilidad de restringir este y otros derechos fundamentales por razones justificadas cuya valoración corresponde al legislador -dado que el Tribunal Constitucional renuncia a realizar juicios de oportunidad política por el temor a excederse de su función-, era evidente cuál iba a ser el resultado del proceso judicial, tanto en España como en Luxemburgo. Presten atención a lo que les voy a decir: ningún tribunal de justicia ha entrado a valorar si hay auténticas razones de interés general para amnistiar a quienes participaron en el proceso independentista. ¿Increíble? Pues así es.

El Tribunal Constitucional no entró en el fondo y, como seguidamente les voy a mostrar, tampoco lo ha hecho el Tribunal de Luxemburgo. En el punto 116 de la sentencia dictada ayer se señala que “procede tener en cuenta la naturaleza de las leyes nacionales de amnistía y la competencia de los Estados miembros para la aprobación y la aplicación de una ley de este tipo”. Estupendo, vamos a ver qué se dice sobre tan importante cuestión.

Les transcribo literalmente parte de la sentencia, es decir, les proporciono la fuente de la información que como ciudadanos necesitan para saber qué está sucediendo:

“117. En efecto, en virtud de esta competencia, recordada en el apartado 46 de la presente sentencia, en principio los Estados miembros son libres de determinar las condiciones, en particular las de naturaleza procesal, en que se aplica una amnistía aprobada en aras del interés general.

118. Por su propia naturaleza, estas condiciones se apartan de las normas jurídicas ordinarias, por cuanto la amnistía tiene generalmente por finalidad impedir o detener procedimientos y, en caso de que ya se haya impuesto una condena, poner fin a su ejecución.

119. En este contexto, la obligación de los órganos jurisdiccionales nacionales de dictar una resolución de extinción de la responsabilidad sin valorar las alegaciones y las pruebas exculpatorias es consustancial al principio mismo de la amnistía. Cuando se determina que las conductas en cuestión están comprendidas en el ámbito de aplicación de la amnistía, el órgano jurisdiccional que conoce del asunto debe concluir este con una resolución de extinción de la responsabilidad sin previamente valorar esas alegaciones y pruebas. Lo mismo cabe decir de la obligación, no acompañada de sanciones, de concluir el asunto en un plazo máximo de dos meses.

120. Como ha señalado esencialmente el Abogado General en el punto 129 de sus conclusiones, el legislador nacional está facultado para imponer a los órganos jurisdiccionales nacionales la obligación de poner fin a los procedimientos que estén tramitándose ante ellos en las condiciones previstas en una ley de amnistía.

121. En efecto, la determinación de la concreta regulación de la aplicación de una ley de amnistía requiere decisiones políticas que son propias de los Estados miembros, por cuanto implica ponderar intereses divergentes a partir de apreciaciones múltiples. 

122. En el presente caso, el Tribunal Constitucional, en su sentencia 137/2025, de 26 de junio de 2025 [BOE n.º 183, de 31 de julio de 2025, p. 103781 (ES:TC:2025:137)], declaró esencialmente que la amnistía aprobada por la LOA pretende reducir las tensiones institucionales y políticas generadas por el proceso de independencia de Cataluña y facilitar un escenario de reconciliación.

123. Habida cuenta tanto de la naturaleza de una ley de amnistía como la LOA, que presenta las características que se han expuesto en los apartados 118 y 119 de la presente sentencia, como de su objeto y alcance, circunscritos a la resolución del conflicto político en torno al proceso independentista catalán, queda excluido que la regulación procesal que se contempla, respectivamente, en el artículo 10, párrafo segundo, y en el artículo 13, apartado 3, de la LOA pueda generar problemas de tal envergadura que presenten carácter sistémico”.

Como ven, el Tribunal de Justicia ha reclamado una palangana y, como en su día hizo Poncio Pilato, se ha lavado las manos. Los “Estados miembros son libres de determinar las condiciones, en particular las de naturaleza procesal, en que se aplica una amnistía aprobada en aras del interés general”. ¿Quién dice que esa amnistía buscaba el interés general y no el interés electoral de Pedro Sánchez? Pedro Sánchez y los propios beneficiarios de la amnistía. Y para relavarse las manos, la Gran Sala recuerda que “en el presente caso, el Tribunal Constitucional, en su sentencia 137/2025, de 26 de junio de 2025 [BOE n.º 183, de 31 de julio de 2025, p. 103781 (ES:TC:2025:137)], declaró esencialmente que la amnistía aprobada por la LOA pretende reducir las tensiones institucionales y políticas generadas por el proceso de independencia de Cataluña y facilitar un escenario de reconciliación”. Luxemburgo nos dice que el Tribunal Constitucional español declaró que la amnistía pretendía reducir las tensiones institucionales y políticas. ¿Por qué lo dijo nuestro altísimo tribunal? Pues porque no le van a enmendar la plana a quienes se arrogan la representación democrática de los ciudadanos, las Cortes generales. ¿Pero el Tribunal Constitucional no estaba pensado para proteger a los ciudadanos de los abusos de esos “representantes”? Pues sí, pero se les olvidó hace tiempo, y por eso España dejó de ser una democracia constitucional. Y eso es todo, amigos.